La Sentencia Internacional esta integrada la presentación de las pruebas de los ataques sobre la población infantil palestina y la violación a las leyes internacionales y al estatuto de Roma, con testimonios de niños, madres, recopilados desde la Franja de Gaza, acompañado de las firmas y peticiones de miles y miles de personas de America Latina, España y Europa, África y Asia.
El Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza, señala que la infancia Palestina en la Franja de Gaza ha vivido bajo el Genocidio de las bombas, de las metralletas, y de la utilización como escudos humanos de los niños por parte del ejercito israelí, "donde hay 700.000 niños y niñas en Gaza que fueron sometidos a masacres, asesinatos, a crímenes contra la humanidad, al genocidio, al bloqueo humanitario, secuestro y a la destrucción de de sus escuelas, de sus hogares, de sus familias, de sus casas " con un saldo de 6.600 los muertos y heridos en Gaza durante los 22 días que ha durado la operación militar israelí contra el movimiento radical islámico Hamás en ese territorio palestino. Con 1.340 muertos de los que 460 son niños y 106 mujeres, según datos que el ministerio palestino de Sanidad ha de la Franja de Gaza.
Los heridos, ascienden a 5.320, entre los que hay 1.855 niños y 795 mujeres, además de que otros 55.000 palestinos han tenido que desplazarse de sus hogares por el conflicto. Suficientes pruebas de la perpetración de las peores atrocidades que ha vivido la infancia Palestina en la Franja de Gaza, un campo de concentración, un campo de matanzas, donde suman mas de 280 niños muertos y mas de mil niños heridos, cifra que aumenta día a día, un nuevo Genocidio como el de Bosnia, el de Rwanda, el de Chechenia "podríamos decir que Gaza es la nueva Rwanda de Medio Oriente".
Los actos llevados a cabo por las Fuerzas Armadas israelíes constituyen también una violación evidente del artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional ("crimen de genocidio") y del artículo 2 de la Convención de 1948 para la prevención y prohibición del genocidio. En verdad, las consideraciones que llevan a declarar al Ejercito de Ocupación Israelí culpable, no sólo de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad, de crimen de genocidio, son las siguientes: "la codificación de tal delito en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, tomado directamente de la Convención de Ginebra de 1948 y por lo tanto del Tribunal de Nuremberg, permite la atribución a muchos, si no a todos los conflictos de nuestra época, caracterizados un nivel tecnológico de las armas de guerra tan alto, que terminan por golpear siempre más a las poblaciones civiles que a las Fuerzas Armadas. En efecto, el artículo 6 del citado Estatuto enumera una serie de actos típicos de la actividad de guerra, hechos tales como "matar a los miembros de un grupo" o "causar graves lesiones a la integridad física o psíquica de personas que pertenezcan a un grupo", se convierten en actos de genocidio si se llevan a cabo" con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso", definición esta última en la cual la "intención" es fácilmente demostrada en el caso de la destrucción de una "parte" del "grupo nacional." El exterminio de un pueblo hasta su desaparición".
La gravedad de los crímenes están señalados en el artículo 5 del Estatuto de Roma (tipificando los crímenes de competencia de la Corte: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra), se trata de determinar que los crímenes cometidos son los suficientemente graves para justificar la acción de la Corte Penal Internacional. La gravedad de los crímenes debe establecerse teniendo en cuenta no sólo la escala de crímenes y el número de víctimas, también la naturaleza y la forma que se cometieron, y la situación psicológica, social que afectaron a la población civil.
AVISO: el plazo de recogida de ayuda para la franja de Gaza esta abierto hasta el 4 de Marzo.
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